19 Aug

https://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/18244-el-gobierno-mantendra-los-incentivos-a-la-contratacion-laboral-de-las-personas-con-discapacidad/

A falta de pocos días para la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas (es decir, el próximo 1 de septiembre), los analistas estudian las particularidades de las diversas líneas de bonificaciones y ayudas para los distintos colectivos.Algunas partes del catálogo de incentivos mantienen lo previsto en su normativa específica. Es el caso de la contratación laboral de las personas con discapacidad. La norma expresa que estos contratos darán derecho a las bonificaciones previstas en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo, y en el Real Decreto-ley 18/2011, de 18 de noviembre.Teniendo en cuenta lo anterior, podemos distinguir:Contratación indefinidaLos empleadores tendrán derecho a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social (o, en su caso, de su equivalente diario por trabajador contratado) de 375 euros/mes (4.500 euros/año) durante toda la vigencia del contrato.La misma bonificación se disfrutará en el supuesto de transformación en indefinidos de los contratos temporales de fomento del empleo celebrados con personas con discapacidad, o de transformación en indefinidos de contratos formativos suscritos con trabajadores con discapacidad.La cuantía será de 425 euros/mes (5.100 euros/año) para trabajadores con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado reconocido igual o superior al 33%, y personas con discapacidad física o sensorial, con un grado igual o superior al 65%.

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