29 Jul
29Jul

RESUMEN: El despido objetivo por ineptitud psicofísica del trabajador afectado, presenta problemas procesales específicos, en especial por lo que se refiere a la distribución de la carga de la prueba y, más concretamente, al valor que deba darse el informe médico del servicio de prevención de riesgos laborales. Dada la completa reserva de los datos médicos del trabajador, resulta imposible sostener como regla absoluta, que corresponde exclusivamente a la empresa acreditar el estado de salud en el que se funda el despido objetivo.PALABRAS CLAVE: Despido objetivo. Ineptitud sobrevenida. Reserva de datos sobre el estado de salud del trabajador. Carga de la prueba. Servicio médico de prevención.

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