29 Jul
29Jul

El Alto Tribunal ha desestimado el recurso planteado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local (Cosital) contra el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público en lo que se refiere a la habilitación nacional.El Consejo General había recurrido ante el Tribunal Supremo con el objetivo de eliminar del listado de la oferta de empleo público 807 plazas correspondientes a la estabilización de estos puestos en la escala de funcionarios de la Administración local con habilitación de carácter nacional.El Tribunal Supremo rechaza que se pueda excluir a ámbitos funcionariales para cuyo acceso se hayan establecido procedimientos selectivos singulares. Es decir, una vez reconocida la existencia de numerosos nombramientos interinos en puestos reservados a la Escala, la Ley 20/2021 se impone por sí misma.También descarta una posible inconstitucionalidad, al ser la reducción de la temporalidad por debajo del 8% la justificación del texto legal y del Real Decreto 408/2022.

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