29 Jul
29Jul

"La desconexión digital no es un derecho fundamental de la Constitución. Por tanto, no merece la especial protección que a estos derechos otorga la Carta Magna". Así lo declara el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCAT) que ha absuelto, en una reciente sentencia, a una empresa de la indemnización de 120.000 euros que solicitaba un trabajador por haberlo sometido a largas jornadas y a una desmesurada carga de trabajo.La sala remarca que una cosa es que el trabajador acuse a la empresa de ser la razón de sus problemas de salud, y que estos puedan guardar relación con el trabajo, y otra que haya realizado conductas tendentes a perjudicar su integridad física o moral o su derecho a la intimidad.

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