El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado el derecho de un trabajador a extinguir su relación laboral tras haber estado expuesto durante años a ácido sulfúrico y polvo de manganeso en valores que superan el límite de exposición diaria, «valores inaceptables».
El afectado trabajaba desde marzo de 1998 en Autlán EMD SLU (antigua Cegasa), dedicada a la producción de bióxido de manganeso electrolítico, insumo clave para la fabricación de baterías alcalinas, con sede en Oñati (País Vasco).
Era peón especialista, y se le ha reconocido una enfermedad profesional de asma ocupacional, por exposición a irritantes. Estuvo de baja médica entre septiembre de 2021 y junio de 2022, y durante la misma, la mutua le reconoció su dolencia como enfermedad profesional.
Actualmente, tiene «unos 50 y pocos años» y le han concedido una incapacidad permanente total derivada del asma, según informa a Economist & Jurist su abogado, David Pena Díaz, letrado de ‘Bidelagun Fundazioa’, fundación creada por el sindicato ELA para la promoción y de defensa de la Salud Laboral.El trabajador presentó una demanda contra la empresa, asistido por este abogado, reclamando la extinción de la relación laboral que unía a ambas partes, y el Juzgado de lo Social único de Eibar la estimó íntegramente por concurrir una causa de extinción del contrato de trabajo del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores (ET).